Cámaras de Seguridad Para Instituciones en Perú

Cámaras de Seguridad para Instituciones, educación y negocios en Perú, Lima, Arequipa, Trujillo, Chiclayo, Iquitos, Piura, Cusco, Chimbote, Huancayo, Tacna.
CONTACTANOS Para la implementación del Sistema de videovigilancia de cámaras de seguridad para instituciones y negocios en Perú, se deberán tener en cuenta las siguientes acciones: Instalar y administrar cámaras de videovigilancia en respuesta a los planes internos de seguridad ciudadana y seguridad institucional o empresarial, se deben integrar los sistemas de videovigilancia con los sistemas de alerta, alarmas, centrales de emergencia, entre otros dispositivos electrónicos o aplicativos que coadyuven en la prevención y un eficiente control.
En Perú, la empresa Corlat Sac, con más de 40 años de tradición empresarial, es proveedor de nuestras soluciones de Cámaras de Seguridad Para Instituciones y Negocios, con asesoría especializada en proyectos públicos y privados. Dentro de la legislación peruana tenemos: Ley N° 30120 (2013), “Ley de apoyo a la seguridad ciudadana con cámaras de videovigilancia públicas y privadas” Obliga a cualquier persona o empresa que haya instalado una videocámara en la parte exterior de su inmueble informar a la autoridad competente y entregar copia de los videos a la Policía Nacional o al Ministerio Público, según corresponda; cuando sospeche la comisión de un delito o falta o cuando dicha información le sea requerida por estas instituciones. Ordena la creación de una base de datos actualizada de personas u empresas que cuenten con videocámaras en el exterior de sus inmuebles, que estará a cargo del Centro Nacional de Videovigilancia y Radiocomunicación para la Seguridad Ciudadana.

Decreto Legislativo N° 1218 (2015), “Decreto Legislativo que regula el uso de las cámaras de videovigilancia” Obliga a cualquier persona o empresa que administre bienes de dominio público (plazas, hospitales, museos, edificios gubernamentales, etc.)
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La instalación de videocámaras siguiendo la normativa de seguridad ciudadana en todos los niveles de gobierno. Obliga a cualquier persona o empresa que brinde el servicio de transporte público de pasajeros (Metropolitano, Tren Eléctrico, Buses, etc.) la instalación de videocámaras en sus unidades de transporte. Obliga a cualquier persona o empresa que posea establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo mínimo de 50 personas, la instalación de videocámaras en sus locales. Dicha obligación además se convierte en un requisito para el trámite de licencia de funcionamiento. Obliga a cualquier persona o empresa que haya instalado una videocámara en las situaciones antes descritas, informar a la autoridad competente y entregar copia de los videos a la Policía Nacional o al Ministerio Público, según corresponda; cuando sospeche la comisión de un delito o falta.
Se deben aplicar estándares técnicos para los sistemas de cámaras de videovigilancia. Nuestros sistemas integrales de última generación, son utilizados para un optimo control y seguridad en centros comerciales, tiendas por departamentos, entidades financieras, instituciones educativas o culturales, institutos superiores, universidades, establecimientos de salud, entre otros, con la finalidad de prevenir la comisión de delitos o faltas.

Corlat Sac, le ofrece:

Cámaras de Seguridad para Instituciones Publicas y Negocios en Perú 

Además bienes para las diferentes áreas de su entidad y ejecución de obras.
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